R.O.F.

 

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

 

                                             C. C. MARÍA ZAMBRANO

 

JUSTIFICACIÓN  Y DEFINICIÓN

 

Partimos de que el centro escolar lo consideramos como una   comunidad: ( La Comunidad  Educativa)  en tal comunidad  se requiere establecer  una organización y un funcionamiento que faciliten la consecución de las Finalidades Educativas y  el desarrollo del Proyecto Curricular de Centro.

El R.O.F o documento que regula la organización y funcionamiento del centro, lo debemos considerar como una guía que anima y orienta la actividad educativa en sus múltiples facetas.

            El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento forma parte del Proyecto Educativo de este colegio, junto a las Finalidades Educativas y al Proyecto Curricular de Centro.

            Las referencias legales básicas en cuyo marco se inscribe el presente R.O.F son:

 

  • Ley Orgánica del Derecho a la Educación (L.O.D.E)

 

  • Ley Orgánica General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E)

 

  • Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación  y el Gobierno de los centros docentes (L.E.P.E.G.)

 

  • R.D: 85/1.999 sobre Derechos y Deberes de los alumnos-as y las pautas de convivencia en los centros.

 

  • Decreto 328/2010, de 13 de julio, que aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial. (BOJA nº 139 Sevilla, 16 de julio 2010)

 

 

ASPECTOS QUE SE RECOGEN EN EL R.O.F.

 

A) CAUCES DE PARTICIPACIÓN EN LOS DISTINTOS SECTORES DE LA                     

    COMUNIDAD EDUCATIVA.

           

                                   1. FAMILIAS

                                   2. ALUMNADO

                                   3. PROFESORADO

 

B) CONVIVENCIA EN COOPERACIÓN.

 

C) ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CENTRO.

 

D) RECURSOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS.

 

E) COMUNICACIÓN  E  INFORMACIÓN.

 

  1. RELACIONES  E  INFORMACIONES.

 

G) PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO.

 

 

A) CAUCES  DE  PARTICIPACIÓN  DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA 

      COMUNIDAD   EDUCATIVA.

 

 1. FAMILIAS

 

  DERECHOS:

 

a)   Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del centro.

 

  1. Ser informados de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas, así como de los criterios de evaluación que les serán aplicados y de las faltas de asistencias de los mismos.

 

  1. Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de éstos.

 

  1. Ser oídas en las decisiones que afectan a la evolución escolar de sus hijos e hijas.

 

  1. Conocer el Plan de Centro y, en su caso, el carácter propio del centro.

 

  1. Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.

 

  1. Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas.

 

  1. Suscribir con el centro docente privado concertado un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna  que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

 

  1.  Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.

 

  1. Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados en el centro.

 

  1. Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.

 

  

 

 

 

 

 

 

COLABORACIÓN DE LAS FAMILIAS:

 

  1.  Los padres y madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los centros docentes privados concertados y con el profesorado durante todas las etapas educativas en que tengan escolarizado a su hijo o hija en el mismo.

 

  1. Esta colaboración de las familias se concreta en :

 

  1. Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.
  2. Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.
  3. Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
  4. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.
  5. Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto y el material didáctico cedido por el centro.
  6. Acudir al centro cuando sean requeridos por el tutor, el orientador, el equipo directivo o los profesores de sus hijos-as, bien para entrevista particular o asambleas colectivas.
  7. Facilitar el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as con respecto al

      centro: puntualidad, aseo, vestimenta.

  1. Justificar por escrito las ausencias y retrasos de sus hijos/as durante el horario escolar. En caso de enfermedad procurará aportar justificante médico.
  2. Abstenerse de enviar a su hijo/a al Centro en caso de padecer enfermedad infecto-contagiosa e informar especialmente cuando su hijo/a requiera un cuidado especial.
  3. En caso de separación judicial, los padres deberán acreditar a la dirección del Centro la guardia y custodia de los hijos/as.

 

 

  REUNIONES:

 

  1. A comienzos de cada curso académico y nunca más allá de noviembre los tutores convocarán a todos los padres o representantes legales de los alumnos/as a una reunión informativa en la que se les indicarán los aspectos fundamentales de organización, como pautas de convivencia, plan general de trabajo y criterios de evaluación.

 

  1. La  entrega de notas de cada evaluación se efectuará en mano  a los padres de los alumnos y alumnas, que  serán debidamente informados por el tutor del rendimiento escolar de sus hijos e hijas.

         

 ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO:

 

                        1.-Las madres, padres y representantes legales del alumnado matriculado en un centro docente privado concertado podrán asociarse, de acuerdo con la   normativa vigente.     

      

                        2.- Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán las finalidades que se establezcan en sus propios estatutos, entre las que se considerarán:

           

 

a)  Actuaciones del centro respecto a la A.M.P.A

   

El centro procurará favorecer el desarrollo y funcionamiento de la A.M.P.A  AZADE, para ello realizará las siguientes actuaciones:

 

  1. Animar a los padres y madres a inscribirse en la A.M.P.A
  2. Facilitar un local par el desarrollo de sus actividades.
  3. Favorecer sus actuaciones.
  4. Presentar propuestas de colaboración con el centro, especialmente en las actividades culturales y deportivas.
  5. Autorizando a divulgar sus comunicados a través de asambleas, alumnado o tablón de anuncios.

 

  1. Actuaciones de la A.M.P.A respecto al funcionamiento del colegio.

           

  1. Elevar al Consejo Escolar propuestas para su inclusión en el Proyecto de Centro  o en el Plan Anual.
  2. Aportar datos para la Memoria final del curso.
  3. Informar al Equipo Directivo y al Consejo Escolar de aquellos aspectos que estén relacionados con el Centro.
  4. Elaborar informes para el Consejo Escolar por iniciativa propia o petición de éste.
  5. Formular propuestas para la realización o participación en actividades extraescolares o extralectivas, colaborando en el desarrollo de las mismas.
  6. Organizar las actividades culturales y deportivas según lo previsto en el Plan Anual.
  7. Realizar propuestas para su inclusión en el R.O.F.
  8. Fomentar la colaboración entre los padres y el profesorado del colegio para contribuir a la mejora de la convivencia y funcionamiento del mismo.
  9. Utilizar las instalaciones del colegio en los términos que establezca el Consejo Escolar.
  10. Colaborar en las actuaciones destinadas a la mejora física del colegio con el Vº.Bº de la dirección del centro.
  11. Informar a la dirección y al Consejo Escolar de la composición de la Junta Directiva.

 

3.- Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán derecho a ser informadas de las actividades y régimen de funcionamiento del centro, de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto, así como del Plan de Centro establecido por el mismo.

 

4.- Las asociaciones de madres y padres del alumnado se inscribirán en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, a que se refiere el Decreto 71/2009, de 31 de marzo.

 

 

 

     2  EL  ALUMNADO

 

 DERECHOS:

 

   El R.D. 85/ 1.999, de 6 de Abril establece los siguientes derechos del alumnado:

 

  1. Derecho de una formación integral.
  2. Derecho a la objetividad en la evaluación.
  3. Derecho a la igualdad de oportunidades.
  4. Derecho a percibir ayudas.
  5. Derecho a la protección social.
  6. Derecho al estudio.
  7. Derecho a la orientación escolar y profesional.
  8. Derecho a la libertad de conciencia.
  9. Derecho a que se respete su intimidad, integridad y dignidad personales.
  10. Derecho a la participación en la vida del centro.
  11. Derecho a la utilización de las instalaciones del centro.
  12. Derecho de reunión.
  13. Derecho a la libertad de expresión.
  14. Derecho a la libertad de asociación.
  15. Derecho al respeto a los derechos del alumnado.

 

 

   DEBERES:

 

      El R.D. 85/1.999 establece los siguientes deberes del alumnado.

 

  1. Deber de estudiar.
  2. Deber de respetar la libertad de conciencia.
  3. Deber de respetar la diversidad.
  4. Deber de buen uso de las instalaciones del centro.
  5. Deber de respetar el Proyecto de Centro.
  6. Deber de cumplir las pautas de convivencia.
  7. Deber de respetar al profesorado y a los demás miembros de la comunidad educativa.
  8. Deber de participar en la vida del centro.

 

           

3  EL  PROFESORADO

           

 DERECHOS:

 

  1. A gozar de libertad de cátedra, ejerciendo su función docente con libertad, según sus ideales y métodos propios, con acato a la Constitución y leyes vigentes y al Proyecto Educativo del Centro, respetando la conciencia moral y cívica del alumnado, siempre que no perjudique la labor de coordinación con el resto del profesorado.
  2. A que se respeten su dignidad humana y profesional, y su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes.
  3. A que se respeten su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas, morales, e ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias dentro del ordenamiento constitucional.
  4. A enseñar en un ambiente de seguridad, higiene, convivencia y solidaridad y donde se respeten las normas básicas de educación y se garanticen las posibilidad de desarrollar adecuadamente las actividades de enseñanza-aprendizaje programadas. En el caso de que no sea así, el profesor/a debe recibir el apoyo y la ayuda necesaria para corregir tal situación, especialmente del equipo directivo y de las autoridades académicas correspondientes.
  5. Expresarse y reunirse libremente en el centro.
  6. Elegir y ser elegidos como representantes del profesorado en los órganos de gestión y control del centro, así como a participar en ellos dentro de los cauces que marca la ley.
  7. A colaborar dentro de los órganos de coordinación docente en el diseño de las programaciones, proyectos y cualquier otra actividad que se desarrolle en ellos.
  8. A disponer de los medios necesarios para llevar a cabo sus actividades.
  9. A recibir toda la información que llegue al centro relacionada con su función docente.
  10. A cualquier otro derecho que les confiera la ley.

 

    

  DEBERES:

 

  1. Respetar los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa en el marco de lo establecido por la legalidad vigente y por el presente reglamento.
  2. Acudir con puntualidad a sus clases y reuniones a las que fuese convocado. Las faltas de asistencia a clase se comunicarán al Jefe de Estudios con anterioridad, siempre que sea posible. A posteriori  habrá de justificarse documentalmente en la Jefatura de Estudios.
  3. Desarrollar su actividad docente de acuerdo con las programaciones didácticas del ciclo, cumpliendo y respetando las disposiciones legales y el Proyecto Educativo del Centro (Finalidades Educativas, Proyectos Curriculares de Etapa y R.O.F.).
  4. Cooperar en el buen uso y mantenimiento del material e instalaciones del Centro.
  5. Colaborar en el mantenimiento de la convivencia y en el respeto a las pautas en cualquier lugar del centro que se encuentre.
  6. Colaborar en la organización y realización de actividades extraescolares y complementarias.
  7. Atender a los padres de los alumnos de acuerdo con los horarios y normas establecidos  al efecto.
  8. Informar a los padres, madres o representantes legales de los resultados académicos de sus hijos cada vez que lo requieran, limitándose a dar copias de las pruebas escritas a los finales de las evaluaciones ordinarias y extraordinarias o a la insistencia de las familias que así lo requieran.

 

 

ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO

 

 CLAUSTRO:

 

            *     El Claustro  Profesorado es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y, en su caso, decidir o informar sobre todos los aspectos educativos del mismo.

 

*    Presidido por el Director/a, está integrado por la totalidad del profesorado que   presta  servicio en el centro.

 

            *    Ejercerá la secretaría del Claustro de Profesorado la persona que designe la dirección entre el profesorado del mismo.

 

 

COMPETENCIAS.

 

            El Claustro de Profesorado, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimoséptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, tendrá las siguientes competencias:

 

            a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del Plan de Centro.

            b) Aprobar y evaluar los siguientes aspectos educativos del Plan de Centro:

 

                        - Líneas generales de actuación pedagógica.

                        - Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.

                        - Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado.

                        - La forma de atención a la diversidad del alumnado.

                        - La organización de las actividades de refuerzo y recuperación.

                        - El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar.

                        - Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas, materias o módulos de las etapas educativas y las propuestas pedagógicas de la educación infantil.

            c) Aprobar las programaciones didácticas y las propuestas pedagógicas.

            d) Fijar criterios referentes a la orientación y tutoría del alumnado.

            e) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, de la innovación y de la                investigación pedagógica y en la formación del profesorado.

            f) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro.

            g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en que participe el centro.

            h) Informar el reglamento de organización y funcionamiento del centro.

            i) Informar la memoria de autoevaluación a que se refiere el artículo 25 del borrador sobre organización y funcionamiento de los centros.

            j) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar para que estas se atengan a la normativa vigente.

            k) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.

 

 

 

REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORADO

 

            *    El director o directora convocará con el correspondiente orden del día a los miembros de este, con una antelación mínima de cuatro días, aunque puede darse el caso de convocatorias extraordinarias comunicadas con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

 

*    Se reunirá como mínimo una vez al trimestre, a principio y final de curso, y siempre que lo convoque el/la directora/a o lo soliciten dos tercios de  los miembros.

 

           *   La asistencia a los claustros es obligatoria. Las ausencias deberán ser justificadas ante la    Jefatura de Estudios. El ausentarse del mismo deberá ser comunicado al director/a.

 

                  *   Las sesiones del claustro tendrán una duración máxima de 2,30 horas. Si finaliza dicho plazo y no se ha concluido el orden del día, se continuará al día siguiente.

 

  

 

 ORGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE:              

      

1.  EL  EQUIPO  TÉCNICO DE  COORDINACIÓN   PEDAGÓGICA

              

Está integrado por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios y los coordinadores de Ciclos. Los temas tratados se recogerán en el libro de actas.

El número de reuniones serán de dos al trimestre.   

Las funciones son:

              a)  Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos

                   Curriculares de  etapa y sus modificaciones.

  1. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la         redacción de los Proyectos Curriculares de etapa, y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el Proyecto Educativo del Centro.
  2. Elaborar la propuesta de organización de la Orientación escolar,  el plan de acción tutorial y del plan de formación del profesorado.
  3. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con  n.e.e.
  4. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación del Proyecto Curricular de

     Centro.

 

2.  EQUIPOS  DOCENTES

                       

            Los equipos docentes son los encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo bajo la coordinación de la persona que ejerza de coordinadora de etapa y en su caso el tutor o tutora.

A cada Equipo Docente pertenecerá el profesorado que imparta docencia a un mismo grupo de alumnos.  Se destinará 4 horas al mes para las reuniones de ciclo. Las reuniones  quedarán recogidas en el libro de actas.                            

     Las funciones son:

  1. Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el  proyecto educativo del centro.
  2. Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y adoptar las decisiones que, en su caso, correspondan en materia de promoción y titulación.
  3. Garantizar que cada profesor o profesora proporcione al alumnado información relativa a la programación de la materia que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.
  4. Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.
  5. Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos.
  6. Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.
  7. Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento de la persona encargada de la orientación, en su caso.
  8. Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo, de acuerdo con lo que se establezca en le plan de orientación y acción tutorial del centro y en la normativa vigente.

 

 

3. EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO

 

                Formado por el Jefe de Estudios, Profesores tutores  de alumnos con dificultades, la PT  y el Orientador. Este equipo se reunirá al menos una vez al trimestre y cuantas veces sea necesario a iniciativa de cualquiera de sus miembros. Jefe de Estudios o profesores tutores. El plan de trabajo será recogido en el Plan de Centro y evaluado en el Plan Anual.

 

 Las funciones son:

  1. Programar las adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen.
  2. El seguimiento de esos programas en cada uno de los alumnos/as que lo necesiten.
  3. La orientación a los padres y madres de los alumnos que atienden con vistas a lograr una participación activa en el proceso educativo de sus hijos/as.     

 

 

ÓRGANOS UNIPERSONALES

 

 1.  TUTORES

 

        El  objetivo general de la función del tutor es: Coordinar, ejecutar, proponer y evaluar todas las actividades del Curso con el fin de facilitar el desarrollo integral del alumnado, su conocimiento, participación e integración en el centro así como hacer  posible el intercambio de información familia-colegio y propuestas de colaboración y participación de la misma.

             El profesor tutor debe coordinarse con el coordinador de ciclo, con el alumnado y con  la familia.

    

           Tareas y Funciones:   

 

a)  Conocer del alumnado sus antecedentes académicos, el ambiente familiar en el que se desenvuelve, la capacidad de rendimiento en comparación con el grupo clase y los niveles de integración con el grupo, su personalidad y carácter, aceptando y valorando las diferencias individuales.

 

b)  Ayudar al alumnado a conocerse a sí mismo, desarrollando la autonomía e identidad enseñándole a autoreforzarse y autoevaluarse positivamente.

 

c)  Facilitar un clima de confianza y apoyo en el que el alumnado se sienta libre de expresar y modificar  sus valores y aceptado,  incluso cuando haya que censurar su comportamiento.

 

d)  Asesorar y orientar los procesos de aprendizaje posibilitando al alumnado su autoevaluación para que este pueda tomar decisiones y responsabilizarse de desarrollo académico.

 

e)  Facilitar el intercambio de información familia-centro y orientarla sobre temas puntuales promoviendo la colaboración y participación de la misma.

 

f)  Hacer el seguimiento del progreso individual del alumnado utilizando instrumentos y materiales de apoyo para favorecer las individualidades.

 

g)  Hacer la programación didáctica correspondiente a su nivel  y la de acción tutorial.

 

h) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente.

 

i)  Cumplimentar la documentación académica de su grupo de alumnos.

 

j)  Asegurar el paso de información al nuevo  tutor/a.

 

k)  Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

 

l)  Mantener una relación continua con los padres, madres o representantes legales. Los horarios de entrevistas se fijarán de forma que se posibilite la asistencia de los mismos. El contacto con la familia  se asegura a través de reuniones:

-  Una antes del 15 de noviembre.

                    -  Al finalizar cada trimestre.

                              -   A libre disposición, una hora semanal para entrevistas.

 

m)  Informar de forma clara y en el Centro sobre todos los trabajos y controles que se realizan    para la evaluación del alumnado.

 

                       

 

 

2. COORDINADORES DE ETAPA

 

La función del coordinador de etapa es coordinar la acción  y función de los diferentes ciclos que componen la etapa. Se reuniría  con el  profesorado de dichos ciclos una vez al mes.

 

 

  ORGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO:

 

Los órganos Unipersonales lo forman la Dirección, la Jefatura de Estudios y la Secretaría.

Las formas de elección, designación y cese de estos órganos unipersonales, así como su ámbito de competencias, serán los establecidos por la normativa vigente.

Funciones del equipo directivo:

 

  1. Velar por el funcionamiento del centro.
  2.  Establecer el horario que corresponde a cada área, materia, módulo o ámbito en general, el de cualquier actividad docente o no docente.
  3. Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo escolar y el Claustro de Profesorado.
  4. Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.
  5. Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

 

 

 

Competencias de la dirección:

 

  1. Dirigir y coordinar todas las actividades educativas del centro de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las funciones del Consejo Escolar.
  2. Ejercer la jefatura del personal docente.
  3. Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
  4. Visar las certificaciones y documentos académicos del centro.
  5. Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados, en el ámbito de sus facultades.

 

B)  CONVIVENCIA EN COOPERACIÓN.

 

 

  INTRODUCCIÓN:

 

Cada vez más, la sociedad y por tanto los centros educativos necesitan organizar su convivencia de una forma responsable para que dicha convivencia se desarrolle de una forma exitosa y con menos conflictos.

Los conflictos deben tratarse cotidianamente en el contexto del aula, del  equipo docente y de la institución  escolar, y exigen finura en el análisis, buena dosis de tolerancia, compromiso responsable y por supuesto mucho diálogo.

 

Para la CONVIVENCIA  RESPONSABLE es necesario:

 

                        El  autoconocimiento   y la autoestima.

                        La autonomía.

                        Contribuir a la satisfacción  personal y colectiva.

                        La capacidad para el diálogo y el intercambio de puntos de vista.

                        La toma de decisiones.

                        Saber ponerse en el lugar de otras personas.

                        Establecer reglas en las relaciones con otras personas.

                        La afectividad.

                        El compromiso personal y social.

            El grado de autonomía y autoestima influye directamente en la convivencia, ya que, cuando se desarrolla, las personas se muestran tolerantes, generosas, cooperativas, independientes y es cuando se manifiesta la  responsabilidad  y corresponsabilidad.

            El centro educativo es el laboratorio donde las criaturas aprenden a convivir y a relacionarse en el ámbito de lo público; por lo tanto, las interacciones que se producen (entre el alumnado, profesorado, familias...) juegan un papel importante en el ejercicio de la autoridad personal, en la asunción de los diferentes roles y en la valoración  de las situaciones cotidianas.

 

 

 

 

 

 PAUTAS  DE CONVIVENCIA:

           

Las Pautas de Convivencia  deben garantizar el desarrollo integral, la construcción de la identidad  y el ejercicio de la autoridad personal; para ello será necesario organizar una Convivencia Autónoma basada en el compromiso personal y social, cuyas características son:

  • El ejercicio de la autoridad personal.
  • Los valores se desarrollan en la persona a través de un conjunto de actitudes coherentes.
  • Las relaciones  se basan en la cooperación.
  • El respeto es mutuo.
  • Las reglas son internas. Surgen del compromiso personal, contribuyendo a la satisfacción individual y colectiva.
  • Los deberes son corresponsables.
  • Los derechos son  de cada persona, entorno...
  • Los juicios de valores no están basados en la dominación sino en la solidaridad.
  • Los conflictos se resuelven mediante la reflexión y el compromiso.

 

La elaboración de las pautas de convivencia debe realizarse a partir de la realidad en la que se vive, siendo esta observada por sus protagonistas.

            Para ello, será necesario observar actitudes de respeto positivas y negativas hacia las personas y hacia el entorno en todos los ámbitos que a diario se manifiestan en el centro.

            Entendemos las pautas de convivencia como indicadores de conductas, por lo que debemos recoger todas aquellas actitudes y positivas y negativas en cada uno de los espacios en los que se relacionan las personas para el establecimiento de una convivencia autónoma.

            Cuando en ocasiones no sean positivas, se considerará que existe algún problema y que la persona o personas implicadas no han sabido actuar de una manera adecuada. Así las intervenciones que se propongan tendrán la finalidad de conseguir un cambio actitudinal  positivo desde cada persona o grupo (a través de toma de conciencia, estrategias de cambio, periodo de puesta en marcha e interiorización del cambio). Para ello es necesario que la elaboración de las pautas de convivencia se realicen con la participación de toda la comunidad educativa y que cada persona reflexione sobre las causas que producen  las actitudes negativas y elaboren conjuntamente las actividades necesarias para su positivación.

 

 

 

 CONVIVENCIA EN COOPERACIÓN:

 

Las normas generales de convivencia derivan del cumplimiento, por parte de todos los sectores de la comunidad educativa, del conjunto de derechos y deberes recogidos en otros apartados del R.O.F.

La relación de normas que permiten mantener el orden y el buen funcionamiento del Centro son:

 
 Normas para el mantenimiento del orden:

 

1.-La entrada y salida de alumnos se realizará por la cancela del patio, a excepción de los días de lluvia en los que se podrá acceder al Centro por ambas puertas. Las cancelas se abrirán 5 minutos antes de las horas de entradas y se cerrarán a los 5 minutos pasadas dichas horas.

2.-Las entradas se harán con puntualidad y orden, Infantil por la puerta de salida sur del módulo I de la planta baja, Primer ciclo de Primaria por la puerta del hemiciclo orientada hacia el sur en planta baja del módulo II, Segundo y Tercer Ciclo de Primaria por la puerta superior de la primera planta del módulo I y Secundaria por la salida oeste situada al final del pasillo de la primera planta del módulo II.

3.-La entrada y salida al Centro en horas distintas a las del horario escolar, solo se realizará por la puerta principal y a ser posible en horas de recreo y siempre bajo la supervisión de un profesor.

4.-Los alumnos no podrán salir del recinto del centro durante la jornada escolar, incluidos los recreos, a excepción de lo establecido en el punto siguiente.

5.-Cuando necesiten hacerlo por una causa justificada traerán una justificación firmada por su padre, madre o tutor legal, que entregarán a su tutor. Sólo saldrán acompañados del padre, madre o representante legal dejando firmado el documento de salida que tiene preparado el centro para tal fin y que quedará como justificación en el mismo.

6.-Los alumnos no podrán salir de las aulas durante las clases exceptuando casos de extrema necesidad.

7.-Los alumnos no podrán permanecer en los pasillos durante los intercambios de clases, exceptuando aquellos que tengan que cambiar de aula.

8.-Los profesores mantendrán la puntualidad en los intercambios de clases de tal forma que estos se realicen en un tiempo inferior a cinco minutos.

9.-Los alumnos no podrán permanecer en las aulas, ni en los pasillos, ni en el interior del centro durante los recreos.

10.-Si un alumno se retrasa y entra en el centro durante los primeros 10 minutos, entrará en su clase con su falta correspondiente de puntualidad, en el caso que supere este tiempo, esperará a la siguiente clase permaneciendo con el profesor de vigilancia.

11.-Al terminar la última clase impartida en el aula los alumnos deberán dejar sus clases ordenadas y colocar las sillas sobre las mesas.

12.-En cumplimiento de la legalidad vigente queda prohibido fumar en todo el recinto escolar.

13.-Todos los miembros de la Comunidad Educativa están obligados a colaborar en el buen funcionamiento de las dependencias, material y mobiliario del Centro.

14.-Los alumnos serán particularmente responsables del perfecto mantenimiento y limpieza de su mesa y silla. Con esta finalidad y en los cursos de Secundaria, a principios de curso se colocarán etiquetas con el nombre de cada alumno en su mesa correspondiente.

15.-Los desperfectos ocasionados intencionadamente en las aulas por los alumnos serán subsanados por el causante de los mismos.

16.-Los alumnos están obligados a asistir a clase disponiendo del mínimo material necesario requerido por los profesores de cada una de las asignaturas, así como a respetar el derecho a la educación de sus compañeros, y el de los  profesores a ejercer debidamente su trabajo.

17.- Durante los recreos solo se utilizarán los servicios de la planta baja, accediendo a los mismos por las puertas situadas en el patio.

18.-En la puerta del botiquín habrá una lista con los alumnos que padecen algún tipo de alergia a medicamentos.

19.- En las zonas de recreo, pasillos y aulas están ubicados diferentes bombos de recogida de basura, separados claramente para facilitar el reciclado.

            20.- El alumnado que traiga móvil al centro, deberá tenerlo apagado durante la jornada escolar, considerando que el centro dispone de medios telefónicos para estar en contacto con las familias.

 

 Normas de puntualidad y asistencia:

 

1.-Se considerará falta de puntualidad llegar tarde a clase, sin causa  justificada una vez transcurrido el periodo de cinco minutos.

2.-La falta de puntualidad del alumno se anotará en el parte de clase.

3.-La falta de asistencia a clase de los alumnos serán anotadas obligatoriamente por los profesores y controladas por el tutor, quien informará a los padres de forma rápida en caso de que no sean justificadas.

 

 

 Conductas contrarias a las normas de convivencia:

 

1.-Perturbar el normal desarrollo de las actividades de clase o del Centro.

2.-La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.

3.-No respetar el derecho y el deber de estudiar de los compañeros.

4.-Los actos incorrectos o la desconsideración hacia cualquier miembro de la comunidad educativa.

5.-Causar pequeños daños materiales a las pertenencias del centro  o a las de cualquier miembro de esta comunidad.

6.-La salida del centro o del aula en horario lectivo sin autorización.

          7.-Las faltas injustificadas de puntualidad.

          8.-Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

 

Se consideran faltas injustificadas aquellas que no sean excusadas por escrito por los padres, las madres o los representantes legales.

Cuando el total de faltas injustificadas supere un 20 % de la asignatura a evaluar, esta evaluación será nula.

 

Estas conductas prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo periodos vacacionales.

 

Correcciones: 

 

            a) Amonestación oral  por parte del profesor al alumno/a

 

            b) Apercibimiento por escrito. Para ello se cumplimentará un parte que notificará a los padres las incidencias producidas, debiendo ser devuelto con la firma de uno de los padres.

            En el caso de tres amonestaciones por escrito de las anteriores se pasaría a la exclusión del alumno de sus clases durante un período máximo de tres días y en caso de reincidir se pasaría a la expulsión del Centro durante un máximo de tres días.

 

            En todas las correcciones que supongan la salida de clase, el alumno llevará el trabajo a realizar, siendo supervisado por el profesor a su incorporación en la clase.

 

Personal competente para aplicar las correcciones:

 

-Amonestación oral: el profesor correspondiente.

-Amonestación por escrito: el profesor correspondiente.

-Suspensión de asistencia a una determinada materia: la dirección del Centro     -Suspensión del Centro durante un máximo de tres días: la dirección del Centro, informando a la comisión de convivencia.

 

 

 

 

 Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia:

 

            a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

            b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

            c) El acoso escolar, entendido como maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.

            d) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.

            e) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófona, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.

            f) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

            g) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

            h) Las actuaciones que causen graves daños de las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas.

            i) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

            j) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro.

            k) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causa justificadas.

 

Estas faltas prescribirán a los sesenta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales.

 

 Correcciones:

 

  1. Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuya a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del mismo, sin perjuicio del deber de asumir el importe de otras reparaciones que hubieran que efectuarse por los hechos objeto de corrección y de la responsabilidad civil de sus padres, madres o representantes legales en los términos previstos por las leyes.
  2. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo máximo de un mes.
  3. Cambio de grupo.
  4. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días e inferior a dos semanas.
  5. Suspensión del derecho de asistencia al centro durante un periodo superior a tres días e inferior a un mes.
  6. Cambio de centro docente.

 

 

Para las faltas graves: se convocará a los padres del alumno, y mediante un diálogo con ellos, y con el profesor tutor y dirección, se buscará la medida más idónea. Hasta tanto vengan los padres, se tomará una medida que sirva de ejemplo a los demás compañeros. Entre ellas podrá estar incluida la expulsión. Estas medidas se comunicarán a al Comisión de Convivencia.

 

Para las faltas muy graves: se reunirá la Comisión de Convivencia, y según sus atribuciones aplicará las medidas oportunas, entre las que se incluye la expulsión temporal del alumno.

 

Será competencia del director o directora del centro la imposición de las medidas disciplinarias anteriores, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.

 

 

 

 

C. ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CENTRO

 

 El Consejo Escolar

 

1.- Es el órgano de participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa, según lo dispuesto en los artículos 119 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y 55 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio.

2.-Se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite un tercio de sus miembros. Son también preceptivas una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

3.-La convocatoria de sus sesiones ordinarias, acompañada de la documentación sobre el orden del día, se efectuará con una antelación mínima de una semana. Las sesiones extraordinarias se convocarán con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

4.-El Consejo Escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes:

  1. Elección del Director y aprobación del presupuesto y su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta.
  2. Aprobación del Proyecto Educativo y del Reglamento de Organización y Funcionamiento y sus modificaciones, que se realizarán por mayoría de dos tercios.
  3. Acuerdo de revocación de nombramiento del Director que se realizará por mayoría de dos tercios.

 

5.- Las competencias del Consejo Escolar son las siguientes:

            a) Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento.

            b) Resolver los conflictos e imponer las correcciones, con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del Centro, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.

            c) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades extraescolares y complementarias.

            d) Fijar las directrices para la colaboración del Centro, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.

            e) Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro, especialmente en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.

            f) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Centro.

 

6.-El Consejo Escolar constituirá una comisión de convivencia, formada por el Director/a, el/la Jefe de Estudios, un profesor, uno o dos padres y un alumno.

7.- La comisión de convivencia tendrá las siguientes competencias:

            a) Canalizar las propuestas e iniciativas de los distintos sectores de la comunidad educativa tendentes a mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia.

            b) Proponer al Consejo Escolar las modificaciones de las normas de convivencia que considere oportunas, partiendo de la propia experiencia de la Comisión a la hora de analizar conductas y establecer correcciones.

            c) Estudiar los conflictos surgidos en el ámbito de la convivencia e imponer, por delegación expresa del Consejo Escolar, las correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia.

8.- El Tutor de los alumnos implicados, informará de las correcciones acordadas, al equipo educativo del grupo.

 

 

 El Claustro

 

Está recogido en el apartado 3 de este ROF

 
 
 Órganos Unipersonales

 

Los Órganos Unipersonales del Centro lo forman la Dirección, la Jefatura de Estudios y la Secretaría.

Las formas de elección, designación y cese de estos órganos unipersonales, así como su ámbito de competencias, serán   los establecidos por la normativa vigente.

 

Además de la organización del centro en los apartados anteriores debemos hacer referencia a la gestión de algunos aspectos en el mismo como son:

            - Contamos con una empresa que gestiona la prevención de riesgos laborales del profesorado y otro personal procediendo al cumplimiento de toda la normativa relativa a dicha ley.

            - Contamos con la seguridad de la protección de datos marcadas por la ley.

 
D) RECURSOS Y MATERIALES DIDÁCTICOS

 

Medios Audiovisuales:

 

Las aulas de E.S.O., 5º y 6º de primaria disponen de pizarras digitales. En la planta alta del edificio queda localizada para su utilización por parte de los profesores una pizarra digital móvil.

El resto de las aulas poseen ordenador de mesa y todas posen conexión de Internet.

El material de apoyo existente en el aula de medios audiovisuales queda inventariado por la profesora Lourdes Duarte Rodríguez.

 

 

 

Pista Polideportiva:

 

Su utilización será coordinada por los profesores de E:F. en horario lectivo y durante los recreos se crea un horario de pistas para el curso escolar, a cargo del profesor Santiago Azor Berruezo.

La utilización de las pistas es supervisada por los profesores vigilantes del recreo que en todo momento conocen el horario acordado y que a su vez está colocado en la puerta de salida al recreo.

 

 

Pabellón:

 

Al igual que las pistas polideportivas, el pabellón tiene un cuadrante que realizan los profesores de Educación física y que cubre todas las horas de esta materia y de todos los cursos que se imparten en el centro.

 

Biblioteca:

 

La utilización de la biblioteca en horario lectivo se regirá por las siguientes normas:

  1. Los alumnos podrán hacer uso de la biblioteca en el recreo o en las horas que estén acompañados por un profesor.
  2. Los alumnos usuarios de la biblioteca deberán guardar silencio con objeto de no obstaculizar el trabajo de los compañeros.
  3. Los alumnos serán igualmente responsables del buen uso de los libros y de las instalaciones de la biblioteca.

La biblioteca y su inventario queda registrado por la profesora Carmela Carvajal.

 

Aulas específicas: Música, Informática, Laboratorio, Tecnología:

 

Dadas las características del material que en estas aulas se encuentra, los alumnos deben poner el máximo interés en el uso adecuado del mismo, siguiendo siempre las instrucciones dadas por los profesores.

En estas aulas específicas sólo podrán permanecer los alumnos en presencia del profesor de la asignatura, que será el responsable de su correcta utilización.

El uso de estas aulas está sometido a los horarios de los diferentes cursos que tiene sus horas totalmente coordinadas.

 

Comedor:

 

Dicha actividad se realiza de 14h. a 15h.los días lunes, miércoles y viernes, mientras que los martes y jueves  hay dos turnos: el primer turno es de 12:30 a 13:30 y el segundo turno es de 13:30 a 14:30 aproximadamente, durante estos periodos de tiempo los alumnos se encuentran atendidos por un profesor y el personal del catering. Cuando los alumnos van terminando de comer pasan al patio (en caso de mal tiempo se les pasa a una clase con juegos o a la sala de video), siempre bajo la vigilancia de un profesor. Los martes y jueves los alumnos tienen también un servicio de talleres.

 

 

 

Local asociaciones de padres y madres de alumnos y alumnas:

 

El Centro tiene adjudicada una de las aulas tutorías para la sede del AMPA

 

Los responsables de los diferentes apartados son los encargados de vigilar la conservación del material así como la reposición del mismo cuando sea necesario y escuchando las proposiciones del claustro de profesores.

 

E) COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN

 

Canales de información del centro con el exterior:

 

 Correo

Es la profesora Lourdes Duarte, la que normalmente se encarga de la recogida del correo y de su reparto a los distintos profesores del Centro. Cuando se trata de paquetes se quedan en la sala de profesores con el nombre de la persona a la que va dirigido.

La correspondencia dirigida al AMPA se le deposita en el buzón que tienen en su dependencia.

 

Fax

La responsabilidad del uso del fax corresponde al profesor Ángel Galindo Vaquero, quien se encarga de su recogida y difusión al resto de profesores.

 

Teléfono

La recepción de llamadas del exterior y su distribución correspondiente es labor del profesor que en ese momento se encuentre la sala del teléfono.

Cuando el destinatario de la llamada sea un profesor que imparta clases en ese momento, será avisado únicamente en caso de tratarse de una urgencia o causa de fuerza mayor.

Las llamadas que se realizan desde el centro son recogidas en un cuaderno donde se especifican si son particulares o del centro y el número de pasos contabilizados de forma aproximada.

 
 Internet

El profesor responsable del correo electrónico, así como las informaciones que de dicho medio se obtengan  es Ángel Galindo Vaquero.

 Canales de información interiores del Centro:

 

Tablones de anuncios Profesores

En la sala de profesores estarán situados tablones para la difusión de informaciones dirigidas al profesorado: uno para informaciones de orden académico y otro para temas varios donde se recogen desde informaciones sindicales, turnos de vigilancia de biblioteca, turnos de aperturas y cierres de cancelas etc...

 

 

Tablones de anuncios Padres

Son dos tablones ubicados en la zona centro del Colegio y en la planta baja donde se coloca toda la información concerniente a los padres y a sus hijos en horario no lectivo. Así, en este tablón aparecerán informaciones de libros, becas, obras de teatro, conciertos, actividades del municipio etc...

 

Tablón de anuncios de alumnos/as

En el pasillo de los cursos de secundaria estará ubicado un tablón de anuncios para los alumnos y su uso general así como las comunicaciones que haya que realizar de forma general.

También servirá dicho tablón para publicar las actividades que el municipio realice para ellos.

 

F) RELACIONES E INFORMACIONES

 

Ha de ser un objetivo prioritario del Centro su completa integración en la ciudad de Dos Hermanas y en los barrios donde está ubicado.

Este objetivo se articulará estableciendo relaciones con instituciones, asociaciones y empresas, fundamentalmente con las siguientes:

 

Ayuntamiento

El Centro participa en aquellas iniciativas municipales que le afectan a lo largo del curso y que quedan reflejadas en la memoria de final de curso.

El Centro también colabora con las propuestas municipales tendentes a mejorar la oferta educativa de la localidad.

 

Otros Centros

Normalmente con aquellos que tienen los mismos intereses que nosotros, es decir, los que siguen el cooperativismo  como “Antonio Gala” y “Ramón Carande”.

Las relaciones nos llevan a compartir actividades o programas que creemos son positivos para el alumnado.

 

G) PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO

 

El Plan de Autoprotección del centro se recoge en un único documento que está al servicio de la Comunidad Escolar para cuando deseen consultarlo. Este Plan fue aprobado en su momento por el Consejo Escolar.

            Una copia del mismo está expuesta en el tablón de anuncios de la entrada principal.

            En cada curso escolar se realizará una simulación de situación de emergencia como mínimo.